Una vez terminado el tercer trimestre del año, los empresarios deben ir pensado en el cierre del ejercicio. Por un lado habrá que estudiar los resultados obtenidos a lo largo del ejercicio y que determinaran el resultado final a pagar en el Impuesto de Sociedades, en el mes de junio del año que viene, por otro, habrá que revisar los fondos propios acumulados por la empresa al cierre del ejercicio. La obtención de financiación y la renovación de la ya existente, dependerán en gran medida de la estructura del balance de nuestra empresa y de los fondos propios que declaremos al cierre del ejercicio.
Por otro lado y de cara al 4º trimestre, muchos obligados tributarios tendrán que regularizar los tributos que han ido aplazando a lo largo del año, (IVA, retenciones de alquileres, etc). Muchos contribuyentes acuciados por la falta de liquidez, han ido corriendo de trimestre en trimestre parte de las obligaciones con la AEAT, en el 4º trimestre (20 y 30 de enero de 2010), esta situación tendrá que regularizarse ingresando la deuda correspondiente o solicitando en la Agencia Tributaria el aplazamiento por dicha deuda.
Conviene recordar, que el importe máximo para aplazamiento de deudas tributarias es 18.000 € sin garantías. También es importante tener presente que la solicitud de aplazamiento de deudas procedentes de retenciones, suelen ser desestimadas por parte del departamento de Recaudación.